Manifiesto CERMI Castilla y León con motivo del día de la discapacidad

Representantes CERMI Castilla y León

SIN ACCESIBILIDAD UNIVERSAL, NO HAY DERECHOS HUMANOS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Con motivo del Día Internacional y Europeo de las Personas con Discapacidad, instituido por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Unión Europea, a escala mundial y europea, y que cada año se celebra el día 3 de diciembre, el movimiento social de Castilla y León de la discapacidad articulado en torno al Comité Autonómico de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad en Castilla y León (CERMI CyL), como expresión del movimiento social de derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias, hace público el siguiente

MANIFIESTO

 El pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de las personas con discapacidad está supeditado, en gran parte de las ocasiones, al cumplimiento de un presupuesto previo: la posibilidad de acceso, de uso y disfrute del conjunto de los entornos, bienes, productos y servicios que ofrece la sociedad en todos sus ámbitos, sin discriminaciones ni exclusiones por razones de un funcionamiento corporal, mental, comunicacional o cognitivo diverso; esto es lo que conocemos como accesibilidad universal.

La accesibilidad universal se entiende como derecho, más exactamente, como presupuesto necesario para el ejercicio pleno de derechos humanos, lo cual tiene como correlato lógico la consideración de la falta de accesibilidad de los entornos, productos, bienes y servicios a disposición del público como una discriminación contra las personas con discapacidad. La accesibilidad universal es pues un bien social básico que ha de ser promovido y estar amparado y protegido por los poderes públicos, y respetado y desplegado por todos los operadores, agentes y particulares de la vida en comunidad.

En la esfera internacional, esta consideración de la accesibilidad universal viene consagrada por la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, adoptada en diciembre de 2006 (artículo 9 –accesibilidad universal; artículo 20 –movilidad personal; y 21 –acceso a la información-, p. e.), y firmada y ratificada por España, por lo que resulta plenamente aplicable. La legislación española, aunque de un modo imperfecto, incompleto y poco efectivo, también proclama, declara y regula la accesibilidad universal y el diseño para todas las personas.

Las discriminaciones y exclusiones más generalizadas que sufren con mayor intensidad, las personas con discapacidad tienen que ver con la inexistencia o con las carencias de accesibilidad universal, que constituyen obstáculos muchas veces insalvables para llevar una vida independiente libremente decidida, y alcanzar una completa inclusión en la comunidad.

En el año 2003, gracias a las presión y la incidencia del movimiento social de la discapacidad, España aprueba una legislación básica, aplicable y exigible en todo el territorio nacional, que establecía, resumidamente, unas obligaciones de accesibilidad y no discriminación, de modo que todo lo nuevo desde esa fecha tendría que ser, nacer, necesariamente accesible, y para lo preexistente que no reuniera esos parámetros, se fijaban unos límites temporales amplios, para convertirlo en accesible, siempre que fuera susceptibles de ajustes razonables, que llegaban en un principio hasta 2019, y que posteriormente, por un cambio legal operado en 2011, se redujeron dos años, hasta 2017, para mayor precisión, hasta el 4 de diciembre de 2017. La fecha por fin ha llegado, y los deberes legales no están hechos.

Desde la discapacidad organizada se denunciará administrativamente y se demandará judicialmente las violaciones de derechos por falta de accesibilidad universal; se exigirá la actuación de los poderes públicos para corregir las graves y extendidas deficiencias aún persistentes, con inversiones suficientes, con sanciones de los incumplimientos y con la mejora continua del marco normativo; y se promoverá con mayor firmeza la toma de conciencia del valor de la accesibilidad por parte de la sociedad y de todos su operadores y agentes, y se robustecerá el conocimiento y formación de los profesionales que conciben proyectan, diseñan, configuran e implantan, así como de titulares, los proveedores y los gestores de los entornos, productos, bienes, servicios, procesos y procedimientos. A partir del 4 de diciembre, el movimiento asociativo será más reivindicativo, vigilante y beligerante contra las violaciones de derechos por falta de condiciones de accesibilidad universal.

La realización y la consecución de la accesibilidad universal en plazos inmediatos constituyen por tanto un asunto primordial en la agenda política del movimiento de derechos humanos de las personas con discapacidad y sus familias, en el que este pondrá todas sus energías y potencial para un cambio social que no admite más demoras.

 

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